Datos del Archivo
Tipo
RESOLUCIONES DE ÓRGANO SANCIONADOR
Año
2023
Nombre
RESOLUCIÓN DEL ÓRGANO SANCIONADOR N° 033-2023-OS-PAD-MPC
Descripción
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR CON CIENTO VEINTE (120) DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES del servidor GIANCARLOS BRYAN CABREJOS VALDEZ por la presunta comisión de la falta de carácter disciplinario tipificada en el articulo 85º inciso q) de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil que prescribe: "q) las demás que señala la Le¡!'; es asi en virtud al articulo 100º del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; precisa "También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas en los artículos( ... ) 239º del TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Adminlstratívo General, las cuales se procesan conforme a las reglas procedimentales del presente título". (texto que se encuentra establecido a la fecha en el articulo 261º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS); por la vulneración del articulo 261º.1 numeral 9) del TUO de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D. S N° 004-2019-JUS; que prescribe: Las autoridades y personal al servicia de las entidades, independientemente de su régimen laboral o contractual, incurren en falta administrativa en el trámite de los procedimientos administrativos a su cargo y, por ende, son susceptibles de ser sancionados administrativamente suspensión, cese o destitución atendiendo a la gravedad de la falta, la reincidencia, el "9) Incurrir en ilegalidad manifiesta", Toda vez que el servidor investigado GIANCARLOS BRYAN CABREJOS VALDEZ, en su calidad de Asesor Legal de la Gerencia de Viabilidad y Transporte, emitió el Informe Legal N° 023-2019-CBCV-GVT-MPC, de fecha 05 de julio del 2019, a través del cual opina que se debe CANCELAR DEFINITIVAMENTE la autorización para prestar el servicio de Mototaxis que fue otorgada por la Resolución de Gerencia N° 325-2016-GVyT-MPC a la Empresa de Transportes El Nevado JV Cajamarca EIRL, por haber incrementado su flota de manera irregular[ ... ], informe que dio origen a la Resolución de Gerencia N° 153-2019-GVT-MPC, de fecha 05 de julio del 2019, la cual fue declarada nula mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 378-2021-MPC/GM, de fecha 07 de diciembre del 2021, por incurrir en la causal de nulidad prevista en el Articulo 10 numeral 2 de TUO de la Ley N° 274444, Ley del Procedimiento Administrativo General - Decreto Supremo, N° 004-2019-JUS. Siendo que el Informe Legal emitido y la Resolución de Gerencia, aparentemente devienen en actos nulos de pleno derecho, debido a que contravienen los dispuesto en los artículos 64 °, 65º, 66º, 67°, 68º, 69º, 70º y 71º de la Ordenanza Municipal 707-CMPC (Ordenanza que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en la Jurisdicción del Distrito de Cajamarca); que establece el trámite de inicio a fin del procedimiento administrativo sancionador. Así como lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Decreto Supremo N° 004-2019-JUS - Articulos 247 a 259, respecto del procedimiento administrativo sancionador, que establece las fases del mismo, teniendo en cuenta de la parte de considerativa de la presente resolución.
Fecha de Publicación
13/03/2023
Tamaño
6.72 MB